TANI TANI Boletín electrónico, Nr.522- Año V, 22 -10-2011  

 

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El MAS y TIPNIS

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Propuesta

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Dueños del Monte

Cronología

Asesoría inteligente

TIPNIS, productora de agua

Derecha no tiene vela

Las formas de manipulación

No destruir el TIPNIS

Intervienen policias

manifiesto desde Alemania

Asamblea de p.p.o.

Cambio al "proceso de cambio"

Linera repite el mal del capitalismo

viernes 21 de octubre de 2011
Morales veta ley corta del TIPNIS y acepta que ninguna carretera atraviese ese parque nacional (Urgente)
La Paz, 21 oct (ABI).- El presidente Evo Morales vetó hoy el proyecto de Ley Corta sancionado por la Asamblea Legislativa Plurinacional y propuso una nueva redacción en la que acepta el planeamiento de los nativos del Territorio Indígena Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS) de  que la carretera Villa Tunari-San Ignacio de Moxos, o cualquier otra, no atraviese ese parque nacional y declara a la región como intangible.

    En una declaración de prensa, el Jefe de Estado informó sobre esa determinación que dijo recoge textualmente la propuesta presentada por los dirigentes de la marcha y por los legisladores indígenas.

    "Se dispone que la carretera Villa Tunari-San Ignacio de Moxos o cualquier otra no atravesará el Territorio Indígena Parque nacional Isiboro Sécure (TIPNIS)", será la modificación principal a ese proyecto de Ley, remarcó.

    Morales, dijo que también se incorporan otros artículos, también propuestos por los marchistas y dijo que enviará inmediatamente la propuesta a la Asamblea Legislativa, en apego exclusivo a sus atribuciones constitucionales, y pidió una convocatoria inmediata de esa instancia para la aprobación de esa ley.

Morales cierra el conflicto por el TIPNIS, la carretera no pasará por ese territorio

MARCHA. El Presidente se reunirá a las 12:00 con los indígenas. Se modificará la Ley Corta de protección del TIPNIS que fue promulgada por el Legislativo.

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Música para la Ley de protección del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Secure – TIPNIS
Texto completo de la Ley de protección del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Secure – TIPNIS.

Articulo 1.- (DECLARATORIA DE PATRIMONIO DEL TIPNIS)  Se declara al Territorio Indígena Parque Nacional Isiboro Secure – TIPNIS patrimonio sociocultural y natural, zona de preservación ecológica, reproducción histórica y hábitat de los pueblos indígenas Chimán, Yuracaré y Mojeño-trinitario, cuya protección y conservación son de interés primordial del Estado Plurinacional de Bolivia.


II. En el marco de los artículos 30, 385, 394 y 403 de la Constitución Política del Estado y otras normas vigentes, se ratifica al Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Secure – TIPNIS como territorio indígena de los Pueblos Chimán, Yuracaré y Mojeño-trinitario, de carácter indivisible, imprescriptible, inembargable, inalienable e irreversible y como área protegida de interés nacional.


III. Asimismo, adicionalmente se declara al Territorio Indígena Parque Nacional Isiboro Sécure –TIPNIS, como zona INTANGIBLE.


Articulo 2.- (TERRITORIO INDIGENA Y AREA PROTEGIDA) Teniendo el territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Secure – TIPNIS, además de la categoría de territorio indígena, la categoría de área protegida, se constituye, en garantía de conservación, sostenibilidad e integridad de los sistemas de vida, la funcionalidad de los ciclos ecológicos y los procesos naturales en convivencia armónica con la Madre Tierra y sus derechos.
Artículo 3.- (CARRETERAS POR EL TIPNIS) Se dispone que la carretera Villa Tunari San Ignacio de Moxos, como cualquier otra, no atravesará el Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Secure.
Articulo 4.- (PROTECCIÓN) Dado el carácter intangible del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Secure – TIPNIS, se deberán adoptar las medidas legales correspondientes que permitan revertir, anular o dejar sin efecto los actos que contravengan a esta naturaleza jurídica.
Articulo 5.- (PROHIBICIÓN DE ASENTAMIENTOS HUMANOS ILEGALES EN EL TERRITORIO INDÍGENA Y PARQUE NACIONAL ISIBORO SECURE – TIPNIS) De conformidad al Artículo primero de la presente ley al ser declarado territorio intangible, los asentamientos y ocupaciones de hecho promovidas o protagonizadas por personas ajenas a os titulares del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Secure – TIPNIS, son ilegales y serán pasibles de desalojo con intervención de la fuerza pública si fuera necesario a requerimiento de autoridad administrativa o judicial competente.


Es dada en la sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional a los veinticuatro días del mes de Octubre del 2011.

 Reflexión personal: Habría que acompañar con música esta “Ley Corta con modificaciones”, promulgada en tiempo rápido.
Imagino el bochorno de los parlamentarios debatiendo párrafos que no se imaginaron pocos días antes; respondieron a la decisión política del primer mandatario que excluyó a los colonizadores y a todo su entorno ejecutivo. Debatieron unos y otros sin vibración musical. Nunca estuvo más callado el Palacio Legislativo.

Quizá la melodía podría ser “Coraje” del artista Luis Rico, o su nueva versión donde aparecen Pedro Ignacio Moyva, Bruno Rácua y Apaguayki Tumpa.

Yo escuché una sinfonía Beethoveniana en la oratoria profunda de significación histórica pronunciada por los dirigentes Fernando Vargas y Adolfo Chávez. Fue la música más armoniosa escuchada en el Palacio Quemado. En la resonancia de mi interioridad, la melodía llegó a cumbres de sublime espiritualidad.

Franz Tamayo pergeñaría un potente verso que destaque el coloquio entre divinidades del Ande y de la Amazonía; Achachilas y deidades selváticas; Tunupa y Wirakocha en plan de retorno al Pachacuti.

Y de fondo, el viento huracanado de la cordillera en arpegio con la fronda y el canto de las aves.

A propósito…

 

A propósito, con Roque Schneider, evoco su hermoso pensamiento:

¡El amor es la mejor música
en la partitura de la vida.
Sin él serás un eterno desafinado
en el inmenso coro de la Humanidad!

Gastón Cornejo Bascopé.

Octubre 2011